Disposición adicional decimonovena. Subvenciones al transporte aéreo para residentes en las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
Disposición adicional decimonovena de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. · BOE-A-2000-24357
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-01-01.
Texto consolidado
Se amplía al año 2001 la autorización concedida al Gobierno para modificar la cuantía de las subvenciones al transporte aéreo para residentes en las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, contenida en el artículo 61 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Dicha modificación nunca podrá suponer disminución de la ayuda prestada o un deterioro de la calidad del servicio, ni incremento de los créditos asignados a esta finalidad.
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