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Ley Vigente

Disposición adicional décima novena. Personal docente en los Centros Universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil.

Disposición adicional décima novena de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. · BOE-A-2022-22128

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

Texto consolidado

Los Centros Universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil podrán proceder, previa autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Función Pública, a la contratación temporal de personal docente, para la impartición de los correspondientes títulos de grado, conforme a las modalidades previstas en los artículos 49, 50, 53 y 54 de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, con respeto a las previsiones de esta ley y de las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado sobre la contratación de personal temporal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-01.

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