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Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Reajustes en el reparto de los fondos disponibles en cada convenio entre los programas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 sobre el reparto inicialmente previsto.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. · BOE-A-2020-4208

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-02.

Texto consolidado

La Comisión Bilateral de Seguimiento, prevista en los convenios de colaboración que ya estén suscritos o que se vayan a suscribir entre el entonces Ministerio de Fomento, hoy Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y las Comunidades Autónomas o las Ciudades de Ceuta y de Melilla para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incluidas en su caso sus eventuales modificaciones, podrá acordar reajustes en el reparto de fondos inicialmente previsto entre los distintos programas de ayuda, así como otros ajustes que resultasen necesarios, por las modificaciones que pudieran producirse en la financiación del Plan, respetando siempre el marco general establecido en el convenio de colaboración y sin que los reajustes en el reparto puedan suponer un incremento de las dotaciones presupuestarias a aportar por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana en cada año, ni se prolonguen más allá del ejercicio 2021.

Estos acuerdos de reajuste en el reparto de fondos entre programas se podrán producir incluso con posterioridad a la finalización del ejercicio objeto de reajuste, especialmente con motivo de la liquidación de los convenios de colaboración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-02.

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