Disposición adicional cuarta. Suplencia de los titulares de órganos directivos.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte. · BOE-A-2020-4860
Atención: Real Decreto 509/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, se establece el siguiente régimen de suplencia de los órganos directivos del Departamento:
a) La persona titular de la Secretaría General de Cultura y Deporte será sustituida por los Directores Generales de su dependencia, siguiendo el orden en el que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común a todos ellos establezca expresamente otro orden de sustitución.
b) La persona titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte será sustituida por la persona titular de la Secretaría General Técnica.
c) Las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica, serán sustituidas por las personas titulares de las Subdirecciones Generales de su dependencia, siguiendo el orden en el que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común a todos ellos establezca expresamente otro orden de sustitución.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-2460.