Disposición adicional cuarta. Condiciones físicas por razón de sexo.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 434/2002, de 10 de mayo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza militar de formación para la incorporación a las Escalas, Superior de Oficiales y de Oficiales, de los Cuerpos de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2002-10183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-29.
Texto consolidado
En los planes de estudios no podrá haber más diferencias por razones de sexo que las derivadas de las distintas condiciones físicas que puedan considerarse en los niveles de educación física a superar en cada curso, que siempre serán los necesarios para poder desempeñar los cometidos encomendados de acuerdo con la especialidad fundamental correspondiente.
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