Disposición adicional cuarta. Programas formativos para las escalas de suboficiales.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2021-7352
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-06.
Texto consolidado
Se iniciarán las acciones necesarias para facilitar al personal de las escalas de suboficiales la obtención de titulaciones de grado del Sistema Educativo General, mediante un programa formativo desarrollado en colaboración con la Universidad Nacional de Educación a Distancia, programa en el que se maximizará, de acuerdo con la legislación vigente en materia de reconocimiento de créditos en el ámbito de la Educación Superior, la convalidación de créditos con base en los títulos de grado superior de Formación Profesional cursados en las Fuerzas Armadas, los estudios de la enseñanza de perfeccionamiento susceptibles de reconocimiento y la experiencia profesional adquirida en el desempeño de sus cometidos profesionales. Dicho programa, que garantizará la igualdad de oportunidades de todo el personal de las escalas de suboficiales, se aprobará por orden ministerial previo acuerdo con el Ministerio de Educación y Formación Profesional y con el Ministerio de Universidades, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
Más artículos de Real Decreto 309/2021
- ← Disposición adicional tercera. Acceso a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina c…
- → Disposición transitoria primera. Promoción interna de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, …
- Ver la norma completa: Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.