Disposición adicional cuarta. Países y territorios sujetos a comunicación específica para el desplazamiento.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 274/2018, de 11 de mayo, por el que se regula la residencia, desplazamientos y localización del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2018-6895
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-13.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente real decreto, el Secretario general de Política de Defensa comunicará a la Dirección General de la Guardia Civil los países o territorios que, por su situación internacional, haya establecido con arreglo a lo previsto en el artículo 3.2 de la Orden DEF/2097/2015, de 29 de septiembre.
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