Disposición adicional cuarta. Representación de la Administración del Estado.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio, por el que se determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales, de las Comisiones Mixtas de Gestión de dichos parques y de sus Patronatos. · BOE-A-1998-20762
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-02.
Texto consolidado
En el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente Real Decreto, los actuales representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas en los Patronatos de los Parques Nacionales, que no resulten expresamente designados de nuevo, cesarán en sus cargos automáticamente.
Más artículos de Real Decreto 1760/1998
- ← Disposición adicional tercera. Notificaciones.
- → Disposición adicional quinta. Representación de organizaciones e instituciones.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio, por el que se determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales, de las Comisiones Mixtas de Gestión de dichos parques y de sus Patronatos.