Disposición adicional cuarta. Compensación económica.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal. · BOE-A-2008-14096
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-08-21.
Texto consolidado
Las organizaciones sindicales y empresariales representadas en los órganos de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal percibirán, por su participación en los indicados órganos, las compensaciones económicas que les correspondan de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación.
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