Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
Disposición adicional cuarta de la Orden ISM/941/2021, de 2 de septiembre, sobre organización y funcionamiento de los órganos colegiados de Administración Digital de la Seguridad Social. · BOE-A-2021-14758
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-11.
Texto consolidado
El funcionamiento de los órganos colegiados de administración digital de la Seguridad Social a los que se refiere esta orden no supondrá incremento de gasto público y será atendido con los medios materiales y de personal existentes en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y con las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, sin que pueda suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. En particular, a estos órganos colegiados les prestará apoyo técnico y administrativo la Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
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