Disposición adicional cuarta. Intercambio de información entre el Catastro Inmobiliario y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición adicional cuarta de la Orden HAC/1293/2018, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales. · BOE-A-2018-16616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-06.
Texto consolidado
En virtud de lo dispuesto en los artículos 14.d), 36 y 37 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, la Dirección General del Catastro y la Agencia Estatal de Administración Tributaria se facilitarán cuanta información dispongan que resulte relevante para la formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario y para la aplicación de los tributos que tenga encomendada, respectivamente.
Las condiciones técnicas para el acceso e intercambio, plazos de remisión y contenido de la información entre la Dirección General del Catastro y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se regularán por resolución de la Secretaría de Estado de Hacienda.
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