Disposición adicional cuarta. Responsabilidades disciplinarias.
Disposición adicional cuarta de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas. · BOE-A-2015-13919
Atención: Orden ECD/2764/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cuando el Presidente del Consejo Superior de Deportes tenga conocimiento de eventuales irregularidades electorales o incumplimientos de obligaciones en esta materia susceptibles de ser tipificadas como infracciones a la normativa disciplinaria deportiva, en virtud de denuncias formuladas por interesado o por cualquier otro medio, comunicará las mismas al Tribunal Administrativo del Deporte pudiendo instar la incoación del correspondiente expediente sancionador.
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