Disposición adicional cuarta. Personas con discapacidad.
Disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. · BOE-A-2021-4628
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-25.
Texto consolidado
Las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas tendrán garantizados los derechos, recursos y medios de apoyo establecidos en la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.