Disposición Adicional Cuarta. Laboratorios del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Disposición Adicional Cuarta de la Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN. · BOE-A-2007-17634
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-09.
Texto consolidado
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 5 de esta Ley, los laboratorios del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses podrán realizar los correspondientes análisis del ADN para identificación genética, de acuerdo con las funciones que le atribuye la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.