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Ley Foral Derogada

Disposición adicional cuarta. Aplicación informática en apoyo del mecenazgo cultural.

Disposición adicional cuarta de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-2014-5949

Atención: Ley Foral 8/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno de Navarra desarrollará una aplicación informática que facilite el mecenazgo cultural, de manera que, a través de un enlace desde la página web del Gobierno de Navarra, se puedan realizar de forma electrónica donaciones a las personas o entidades que desarrollen actividades y proyectos que hayan sido declarados de interés social con arreglo a esta ley foral.

El titular del departamento competente en materia de Hacienda regulará mediante orden foral las características y funcionalidades de la mencionada aplicación informática.

La aplicación habilitará un sistema que permita la obtención del correspondiente certificado acreditativo y con validez ante la Hacienda navarra a efectos de obtener los beneficios previstos en esta ley foral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-27.

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