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Ley Foral Vigente 3 redacciones

Disposición adicional cuarta. Aplicación de los recursos al cumplimiento de los fines de las fundaciones provenientes de la transformación de las cajas de ahorros de Navarra.

Disposición adicional cuarta de la Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los órganos rectores de determinadas fundaciones. · BOE-A-2014-2712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Texto consolidado

Las fundaciones reguladas en esta Ley foral no estarán sujetas a los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra.

Se suprime por el art. 1.13 de la Ley Foral 1/2022, de 26 de enero de 2022. Ref. BOE-A-2022-2069

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-5611.

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