Disposición adicional cuarta. Reserva de plazas docentes.
Disposición adicional cuarta de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros. · BOE-A-1998-2572
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Los funcionarios pertenecientes a cuerpos docentes que ocupen puestos de administración general de la Relación de Puestos de Trabajo de las diversas Consejerías de la Junta de Andalucía, podrán obtener una reserva de su plaza docente de procedencia. A tales efectos, el Consejo de Gobierno dictará la normativa habilitante que sea necesaria para regular tal situación especial.
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