Disposición adicional cuarta. Silencio administrativo.
Disposición adicional cuarta de la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia. · BOE-A-2013-7911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.
Texto consolidado
En los procedimientos regulados en el título I de la presente ley se entenderá desestimada la solicitud cuando, transcurrido el plazo regulado para su resolución, no se hubiese dictado resolución expresa, en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.