Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 5/2006, de 25 de mayo, de creación de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP). · BOE-A-2006-11582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-27.
Texto consolidado
Se cede a la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva el rendimiento de las tasas y precios públicos relativos a las funciones que le son propias que, a la entrada en vigor de la presente Ley, vinieran siendo gestionadas por la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia. Asimismo, se delegan en la citada Agència las facultades de gestión, liquidación y recaudación de dichos ingresos.