Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente en La Rioja. · BOE-A-2002-20381
Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las actividades, obras y proyectos sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental contemplados en la legislación sectorial vigente y, en concreto, en el Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja de 1988; Ley 2/1995, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja, y Ley 2/1991, de Carreteras de La Rioja, se ajustarán a las prescripciones contenidas en la presente Ley.