Disposición adicional cuarta. Tasa por servicios de gestión de los cotos. Tasa número 26.
Disposición adicional cuarta de la Ley 5/2002, de 4 de abril, de Caza, de Aragón. · BOE-A-2002-9244
Atención: Ley 5/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.5 del Decreto legislativo 1/2004, de 27 de julio. Ref. BOA-d-2004-90019.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2004-90019.