Disposición adicional cuarta. Terrenos cinegéticos existentes.
Disposición adicional cuarta de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León. · BOE-A-2021-12058
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-08.
Texto consolidado
A partir de la entrada en vigor de esta ley:
a) En las reservas regionales de caza y cotos de caza existentes con anterioridad se aplicará el régimen previsto en esta ley para dichas categorías de terrenos.
b) Los terrenos incluidos en zonas de caza controlada en vigor tendrán la consideración de vedados en tanto no se constituyan como coto de caza o reserva regional de caza conforme a esta ley.