Disposición adicional cuarta. Tasas y precios públicos.
Disposición adicional cuarta de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. · BOE-A-2007-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-01.
Texto consolidado
En la prestación de los servicios del sistema de protección ciudadana se establecerán tasas y precios públicos dentro del ámbito de esta Ley y en los supuestos que justifiquen su utilización, de conformidad con la Ley de Tasas y Precios públicos de la Comunidad de Castilla y León, y con las normas presupuestarias y de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.