Disposición adicional cuarta. Unidad de doctrina.
Disposición adicional cuarta de la Ley 4/2004, de 22 de octubre, de asistencia jurídica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2005-14343
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-11.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno adoptará las medidas necesarias para hacer efectivo el principio de unidad de doctrina en el ámbito de la asistencia jurídica en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sus organismos autónomos y demás entes públicos regionales.
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