Disposición adicional cuarta. Modificaciones en el censo.
Disposición adicional cuarta de la Ley 31/2002, de 27 de diciembre, de Creación de la Comarca de Campo de Cariñena. · BOE-A-2003-1812
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-09.
Texto consolidado
Si se produjeran variaciones en el censo de los municipios que supusieran modificar el número de Consejeros conforme a lo dispuesto con carácter general para la comarca en la legislación aragonesa, dicha modificación se aplicará en la elección y constitución del siguiente Consejo Comarcal sin que sea precisa la modificación expresa de la presente Ley.