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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Priorización de expedientes de proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables.

Disposición adicional cuarta de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-4474

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-12.

Texto consolidado

En la tramitación de los procedimientos de evaluación ambiental de proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables de tipo eólico y fotovoltaico, se priorizará el despacho de los expedientes que correspondan a proyectos ubicados en zonas de sensibilidad baja, según la “Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables”, elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.#ap

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-12.

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