Disposición adicional cuarta. Modificaciones en el censo.
Disposición adicional cuarta de la Ley 16/2001, de 29 de octubre, de Creación de la Comarca de Valdejalón. · BOE-A-2001-21720
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-06.
Texto consolidado
Si se produjeran variaciones en el censo de los municipios que supusieran modificar el número de Consejeros conforme a lo dispuesto con carácter general para la comarca en la legislación aragonesa, dicha modificación se aplicará en la elección y constitución del siguiente Consejo Comarcal, sin que sea precisa la modificación expresa de la presente Ley.