Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España. · BOE-A-1994-12553
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-06-03.
Texto consolidado
Se introducen las siguientes modificaciones en el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre:
La letra e) del artículo 8 quedará redactada como sigue:
«e) Determinar las directrices de política económica y financiera del Estado.»
La letra g) del artículo 9 quedará redactada como sigue:
«g) Dirigir la ejecución de la política financiera aprobada por el Gobierno y dictar las disposiciones necesarias a tal fin.»