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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta de la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2019-7223

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-18.

Texto consolidado

1. La aplicación y desarrollo de esta ley no podrán tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la consejería con competencias en materia de Protección Civil y Emergencias. En todo caso, deberá ser atendida con los medios personales y materiales de dicha Consejería.

2. El coste económico de las políticas públicas en materia de protección civil y emergencias contempladas en la presente ley se ajustará, en todo momento, a las disponibilidades presupuestarias fijadas para cada ejercicio económico, en atención a las fuentes de financiación y a las previsiones normativas existentes en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-10-18.

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