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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Modificaciones de la Ley 25/2002 y del Decreto 268/2003.

Disposición adicional cuarta de la Ley 10/2010, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña. · BOE-A-2010-9107

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-14.

Texto consolidado

1. Las referencias que la Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de medidas de apoyo al regreso de los catalanes emigrados y sus descendientes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996, y el Decreto 268/2003, de 4 de noviembre, de desarrollo de la Ley 25/2002 hacen a la Oficina de Gestión Unificada del Plan de Ayuda al Regreso y al Consejo Asesor del Plan de Ayuda al Regreso deben entenderse realizadas, respectivamente, a la Agencia de Migraciones de Cataluña y a la Mesa de Ciudadanía e Inmigración.

2. Las referencias que la Ley 25/2002 y el Decreto 268/2003 hacen al gerente o la gerente de la Oficina de Gestión Unificada del Plan de Ayuda al Regreso deben entenderse realizadas al director o directora de la Agencia de Migraciones de Cataluña.

3. Se modifica el artículo 10.1 de la Ley 25/2002, que queda redactado en los siguientes términos:

«La Agencia de Migraciones de Cataluña debe gestionar las actuaciones que establece la presente ley y coordinar las que la Administración de la Generalidad debe llevar a cabo en aplicación de lo que determina el Plan de ayuda al regreso.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-06-14.

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