Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. · BOE-A-1990-25037
Atención: Ley 10/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Lo dispuesto en el Título IX se dicta a efectos de lo previsto en el artículo 149.1.29 de la Constitución.
2. Lo previsto en el artículo 71.3 y 71.4 será de aplicación general en defecto de regulación específica por las Comunidades Autónomas competentes.