Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta del Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. · BON-n-1999-90001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
La Sociedad de Promoción de inversiones e infraestructuras de Navarra S.A. gozará de los siguientes beneficios fiscales en este Impuesto:
a) Exención para las operaciones societarias de constitución y ampliación de capital.
b) Exención para las operaciones de emisión de empréstitos que realice en cumplimiento de sus fines.
c) Exención para las operaciones de adquisición de terrenos y demás inmuebles que realice en cumplimiento de sus fines.
d) Exención del Impuesto que grave toda clase de garantías otorgadas a favor de la sociedad para garantizar la concesión de préstamos, créditos o avales.
Más artículos de Decreto Foral Legislativo 129/1999
- ← Disposición adicional tercera. Exención del Impuesto para la sociedad pública «Viviendas de Navarra, S.A.»
- → Disposición adicional quinta. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
- Ver la norma completa: Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.