Disposición adicional cuadragésima cuarta. Actualización de la cuantía de la prestación económica establecida por la Ley 3/2005, de 18 de marzo.
Disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. · BOE-A-2020-17339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
A partir del 1 de enero de 2021, la cuantía de las prestaciones económicas reconocidas al amparo de la Ley 3/2005, de 18 de marzo, a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional ascenderá, en cómputo anual, a la diferencia entre 7.575,39 euros y el importe anual que perciba cada beneficiario por las pensiones a que se refieren los apartados a), b) y c) del artículo 2 de la Ley 3/2005, o a la diferencia entre 7.575,39 euros y las rentas o ingresos anuales que perciban los beneficiarios a que se refiere el apartado d) del artículo 2 de la Ley 3/2005.
Más artículos de Ley 11/2020
- ← Disposición adicional cuadragésima tercera. Revalorización de prestaciones de gran invalidez del Régimen Especial de …
- → Disposición adicional cuadragésima quinta. Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (…
- Ver la norma completa: Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.