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Ley Vigente

Directriz 32. Instrumentos de regulación y control (NAD).

Directriz 32 de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias. · BOE-A-2003-13621

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-16.

Texto consolidado

1. La consejería competente en materia de turismo desarrollará la regulación de las nuevas actividades y modalidades de alojamiento y equipamiento, tanto ya emergentes como en previsión de las que surjan como consecuencia del desarrollo de nuevos productos, a fin de facilitar la especialización de la oferta.

2. La misma consejería impulsará la regularización de la oferta, mediante el perfeccionamiento de la regulación, la eliminación de la oferta ilegal y no reglada, y el establecimiento de un sistema de seguimiento y control eficaz y suficientemente dotado de medios legales, materiales y humanos.

3. Igualmente, en concertación con el departamento competente en materia de relaciones interadministrativas y con las administraciones locales, desarrollará el Estatuto de los municipios turísticos, con el objetivo y contenidos establecidos en la legislación sectorial.

4. La regulación señalada en los números anteriores habrá de presentarse en el plazo máximo de nueve meses.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-16.

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