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Orden Derogada 5 redacciones

Diez.

Diez de la Orden de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de alfalfa, dáctilo, festuca y ray-grass. · BOE-A-1985-15247

Atención: BOE-A-1985-15247 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las fechas límites de entrega de material para cada campaña y especie serán las siguientes:

Alfalfa: 20 de enero.

Dactilo: 1 de julio.

Festuca: 1 de julio.

Raygrass: 1 de julio.

Esparceta: 1 de septiembre.

Yeros: 1 de septiembre.

Garbanzo: 1 de septiembre.

Altramuz: 1 de septiembre.

Zulla: 1 de septiembre.

Tréboles: 1 de agosto.

Veza: 1 de septiembre.

Lenteja: 1 de septiembre.

Guisante forrajero: 1 de septiembre.

Habas forrajeras: 1 de septiembre.

Agrostis: 1 de julio.

Festuca roja: 1 de julio.

Grama de las Bermudas: 1 de julio.

Poa: 1 de julio.

En el caso de que la entrega de material se lleve a cabo en fecha posterior a la mencionada, la variedad quedará excluída de los ensayos correspondientes a las siembras que se efectúen inmediatamente después, procediéndose a la inutilización del mismo cuando no se pasase a retirarlo.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 166, de 13 de julio de 1999. Ref. BOE-A-1999-15441

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-06-20.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1999-13596.

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