Décimotercero. Cumplimentación del modelo 790 de pago telemático de las tasas 020, Tasas administrativas del Ministerio de Justicia.
Décimotercero de la Resolución de 10 de enero de 2008, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia. · BOE-A-2008-1334
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
El declarante cumplimentará el formulario 790 accediendo a él a través del portal de Internet de la Administración de Justicia, siguiendo las instrucciones explicativas del propio modelo. A continuación solicitará la opción de pago telemático.
En lo relativo a las condiciones para efectuar este pago telemático, se estará a lo dispuesto en el apartado noveno (“Criterios específicos de utilización de técnicas telemáticas”) para el pago telemático de las tasas 006, debiendo entenderse a estos efectos que cualquier referencia que se haga a la tasa 006 será aplicable a la tasa 020.
Asimismo podrán consultarse a estos efectos las instrucciones específicas que se encuentran publicadas en la página web www.administracióndejusticia.gob.es.
Su anterior numeración era apartado duodécimo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-912.
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