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Orden Vigente

Decimotercero.

Decimotercero de la Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas. · BOE-A-1985-20074

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-13.

Texto consolidado

Tanto en el caso de las cisternas utilizadas en el transporte terrestre aéreo, marítimo o por ferrocarril, cuando por exigencias de la reglamentación aplicable lleven discos de ruptura precedidos de válvulas de seguridad, el espacio comprendido entre el disco de ruptura y la válvula de seguridad debe estar conectada a un manómetro o a otro indicador de presión adecuado.

Las cisternas citadas, construidas antes de la entrada en vigor de esta Orden, tendrán de plazo hasta el 1 de enero de 1996 para adaptar sus equipos de servicio a lo previsto en este párrafo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-02-13.

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