Decimotercero.
Decimotercero de la Orden de 1 de octubre de 1982 por la que se desarrolla el Real Decreto 319/1982, sobre reestructuración del Servicio de Vigilancia Aduanera. · BOE-A-1982-26956
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-10-19.
Texto consolidado
Los Jefes provinciales de Madrid, Barcelona, Valencia, Albacete, Málaga, Sevilla, La Coruña, Asturias, Valladolid, Vizcaya y Zaragoza serán, a su vez, Jefes de Zona del Servicio de Vigilancia Aduanera, que tendrán el mismo ámbito territorial que las Delegaciones de Hacienda Especiales respectivas y estarán adscritas funcionalmente a las correspondientes Inspecciones Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales.
De cada Jefe de Zona dependerá directamente una Brigada Móvil con la misma jurisdicción territorial, y cuya principal misión consistirá en extender la acción del Servicio a aquellas provincias comprendidas en la zona que no cuenten con plantilla del Organismo y colaborar con las plantillas existentes en los casos en que se estime necesario potenciar su actuación.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 269, de 9 de noviembre de 1982. Ref. BOE-A-1982-29133