Decimotercera.
Decimotercera de la Orden de 1 de diciembre de 1964 por la que se aprueban normas de seguridad para la construcción, montaje y funcionamiento de las «Plantas de llenado y trasvase de gases licuados de petróleo». · BOE-A-1964-23345
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1965-01-11.
Texto consolidado
Los motores de combustión interna deben instalarse lo más lejos posible de las dependencias donde existan G. L. P., a una distancia mínima de ellas de 15 metros.
Sus tubos de escape deben estar provistos de dispositivos cortafuegos.