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Orden Vigente

Decimosexta. Informes de la evaluación de las competencias profesionales adquiridas.

Decimosexta de la Orden DEF/196/2024, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación. · BOE-A-2024-4286

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-25.

Texto consolidado

1. El proceso descrito en la norma decimoquinta, punto 1, partirá de datos proporcionados por el propio egresado, y dará lugar a un informe de carácter personal que se remitirá, por el jefe inmediato superior del egresado, a la persona coordinadora designada para la evaluación de las competencias profesionales adquiridas encargada de la elaboración del informe de carácter general descrita en el artículo 30.3 del Reglamento de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación, aprobado por Real Decreto 93/2022, de 1 de febrero.

2. La persona coordinadora elevará los informes de carácter personal, junto al suyo propio de carácter general y, en su caso, las encuestas a las que hace referencia el artículo 30.4 del citado reglamento, a los respectivos organismos de gestión de la enseñanza.

3. En dichos organismos, una vez estudiados y obtenidas las conclusiones, se confeccionarán los diferentes informes con las recomendaciones que hubiere lugar, que serán remitidos por conducto reglamentario a la autoridad responsable de la aprobación del currículo objeto de evaluación, junto con las propuestas de modificaciones, en su caso, que consideren necesarias efectuar para mejorar la calidad de los currículos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-03-25.

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