Decimoquinto. Personal de la CND.
Decimoquinto de la Orden CUL/1993/2010, de 21 de julio, por la que se aprueba el Estatuto de la Compañía Nacional de Danza, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música del Ministerio de Cultura. · BOE-A-2010-11823
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-25.
Texto consolidado
El personal funcionario destinado en la Compañía Nacional de Danza ostentará el nivel orgánico que determina la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo del INAEM en lo que respecta a la Compañía.
El resto del personal destinado en la Compañía mantendrá las mismas condiciones laborales anteriores a la fecha de aprobación del presente Estatuto. Su relación se regirá por el Estatuto de los Trabajadores, por lo establecido en el III Convenio Único y demás normativa laboral que le corresponda.