Decimocuarto. Obtención de información, documentación y asesoramiento técnico a efectos de la intervención de la comprobación material de la inversión.
Decimocuarto de la Resolución de 14 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre el desarrollo de la función interventora en el ámbito de la comprobación material de la inversión. · BOE-A-2015-8268
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-25.
Texto consolidado
1. En los supuestos en los que la documentación inicialmente remitida por el órgano gestor se considere incompleta a los efectos de poder realizar las actuaciones de intervención de la comprobación material, los representantes designados y, en su caso, a través de estos los asesores técnicos, podrán solicitar de manera singular y precisa la información que consideren necesaria para las actuaciones de comprobación material.
2. Cualquier incidencia surgida tanto en la solicitud de la documentación como del estudio de la misma que impida o dificulte llevar a cabo la intervención de la comprobación material de la inversión en tiempo y forma se reflejará en el acta de recepción o informe complementario siguiendo las indicaciones del apartado Decimoséptimo de esta Resolución.
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- ← Decimotercero. Actuaciones previas al acto formal de recepción.
- → Decimoquinto. Ejercicio de las actuaciones de intervención de la comprobación material.
- Ver la norma completa: Resolución de 14 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre el desarrollo de la función interventora en el ámbito de la comprobación material de la inversión.