Decimoctavo. Publicidad de la información.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-15.
Texto consolidado
En el ejercicio de sus competencias de supervisión y fomento del uso de biocarburantes, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá utilizar la información remitida, así como difundirla, exceptuándose aquella que esté amparada por protección de datos personales o tenga carácter confidencial.
Los titulares de una Cuenta de Certificación podrán consultar en todo momento el detalle de sus anotaciones en cuenta, para lo que necesitarán autentificarse en la página Web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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- Ver la norma completa: Circular 5/2020, de 9 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte y se modifica la Circular 2/2017, de 8 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.