Décimo. Votación de los miembros de la Mesa Electoral.
Décimo de la Resolución de 29 de julio de 2008, del Consejo Superior de Deportes, por la que se desarrolla el procedimiento de voto electrónico previsto en la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre. · BOE-A-2008-14801
Atención: BOE-A-2008-14801 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Una vez efectuadas las operaciones anteriores, podrán votar los Interventores, los miembros de la Mesa y el Presidente de ésta, por este orden, siempre que sean miembros de la Asamblea General.
Más artículos de BOE-A-2008-14801
- ← Noveno. Incidencias en el proceso de votación electrónica.
- → Undécimo. Escrutinio electrónico.
- Ver la norma completa: Resolución de 29 de julio de 2008, del Consejo Superior de Deportes, por la que se desarrolla el procedimiento de voto electrónico previsto en la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre.