Cuatro. Presentación electrónica de la declaración e ingreso de los recargos.
Cuatro de la Resolución de 27 de marzo de 2018, de la Presidencia del Consorcio de Compensación de Seguros, por la que se aprueban los modelos de declaración e ingreso por vía electrónica de los recargos recaudados por las entidades aseguradoras. · BOE-A-2018-5001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 18 del Estatuto Legal del Consorcio, la declaración y el ingreso de los recargos, conforme al procedimiento y en el plazo que se establezca por Resolución de la Presidencia del Consorcio, forman parte del mismo acto, entendiéndose perfeccionado con la obtención del justificante de la transacción realizada.
La comisión de cobro, a la que se refiere el apartado 5 del artículo 18 de Estatuto Legal del Consorcio, será reconocida en favor de la entidad aseguradora únicamente si la declaración e ingreso de los recargos se realiza dentro del periodo de liquidación establecido.
Más artículos de BOE-A-2018-5001
- ← Tres. Declaración e ingreso de los recargos.
- → Cinco. Compensación de recargos e ingresos indebidos.
- Ver la norma completa: Resolución de 27 de marzo de 2018, de la Presidencia del Consorcio de Compensación de Seguros, por la que se aprueban los modelos de declaración e ingreso por vía electrónica de los recargos recaudados por las entidades aseguradoras.