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Resolución Vigencia agotada

Cuarto. Exenciones en el ámbito del Reglamento (UE) 2018/395.

Cuarto de la Resolución de 5 de mayo de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se emite exención, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2018/1139, para la extensión de la validez y otros períodos de tiempo, relativos a las licencias, habilitaciones, atribuciones, anotaciones y certificados de pilotos, instructores, examinadores y TCP para la reducción del impacto negativo sobre la aviación comercial y general, ocasionado por la crisis global del coronavirus COVID-19. · BOE-A-2020-4930

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-14.

Texto consolidado

a) En relación con la aplicación de los siguientes requisitos de experiencia reciente de la Parte BFCL éstos quedan extendidos como se indica a continuación:

(1) A los últimos 30 meses, en todos los siguientes casos:

(i) Puntos (a)(1)(i), (a)(2) y (f)(1) del punto BFCL.160.

(ii) Punto BFCL.215(d)(2)).

(2) A los últimos 56 meses, en todos los siguientes casos:

(i) Punto BFCL.160(a)(1)(ii).

(ii) Punto BFCL.200(d).

(3) A los últimos 300 días, en el caso del punto BFCL.215(d)(1).

(4) A los últimos 3 años y 8 meses, en el caso del punto BFCL.360(a)(1).

Todos los titulares de licencias expedidas de conformidad con la Parte BFCL que se acojan a las extensiones establecidas en el punto (a) habrán recibido, previamente a retomar la actividad, un briefing impartido por un instructor con las debidas atribuciones de instrucción, en el que se refresquen los conocimientos teóricos necesarios para operar de manera segura la aeronave de la que se trate y llevar a cabo de manera segura las maniobras y procedimientos aplicables. Este briefing incluirá los procedimientos anormales y de emergencia específicos de la categoría de aeronave, la clase o tipo de aeronave y de las atribuciones específicas aplicables.

El instructor que ha impartido el briefing deberá emitir un certificado indicando que el titular ha superado satisfactoriamente el mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-14.

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