Cuarto. Centros de enseñanza.
Cuarto de la Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las pruebas de capacitación para la obtención de la autorización especial para el uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas. · BOE-A-2015-3780
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-10.
Texto consolidado
Las entidades autorizadas conforme a la Orden del Ministerio del Interior de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente, podrán dedicarse asimismo a la enseñanza y ejercitación necesarias para superar las pruebas de obtención de la autorización especial para uso de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.
A tal efecto solicitarán de la Intervención Central de Armas y Explosivos ampliación de la autorización con la que cuentan, debiendo comprometerse a obtener material didáctico específico relativo a las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas.
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