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Resolución Derogada

Cuarto.

Cuarto de la Resolución de 18 de abril de 2018, de la Mutualidad General Judicial, sobre delegación de competencias. · BOE-A-2018-6028

Atención: BOE-A-2018-6028 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Delegar en el/la Jefe/a de Área al cargo de las Prestaciones Económicas del organismo las siguientes competencias:

1. La resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de las siguientes prestaciones:

a) Subsidio por incapacidad temporal.

b) Jubilación por incapacidad permanente.

c) Gran invalidez.

d) Indemnización por lesiones permanentes no invalidantes.

e) Hijo a cargo minusválido.

f) Ayudas económicas en los casos de parto múltiple.

g) Ayuda por nacimiento o adopción de tercer y sucesivos hijos.

h) Ayuda para gastos de sepelio.

i) Ayuda a jubilados forzosos.

j) Ayuda para prestaciones complementarias.

2. La resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de las prestaciones y otros procedimientos de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-05.

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