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Orden Vigencia agotada

Cuarto. Prestación de servicios de los empleados públicos del IMSERSO.

Cuarto de la Orden PCM/1115/2020, de 25 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020, por el que se toma conocimiento de la puesta a disposición de los centros del Instituto de Mayores y Servicios Sociales que se encuentren disponibles. · BOE-A-2020-15158

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-24.

Texto consolidado

Cuando así lo disponga la resolución de puesta a disposición de los centros del IMSERSO, los empleados públicos que presten servicios en los mismos, deberán desempeñar, con carácter temporal, las tareas propias de su puesto de trabajo en relación con los pacientes o usuarios externos que ingresen en el centro como consecuencia de dicha puesta a disposición, siempre que ello sea imprescindible para la adecuada atención de aquellos.

Dichos empleados públicos continuarán percibiendo las retribuciones y desempeñando las tareas correspondientes a su puesto de trabajo, y continuarán prestando sus servicios bajo la dirección de la persona titular del centro donde están destinados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-11-24.

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