Cuarto. Ámbito orgánico de aplicación del sistema de información.
Cuarto de la Orden de 12 de diciembre de 1991 por la que se implanta en la Administración del Estado un nuevo sistema de información sobre el Inventario General de Bienes Inmuebles. · BOE-A-1991-30078
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-12-18.
Texto consolidado
Los Centros y Unidades administrativas que se integran en el sistema de información sobre el Inventario General de bienes inmuebles son los siguientes:
a) La Dirección General del Patrimonio del Estado que, a través de la Subdirección General del, Patrimonio del Estado, actuará como Unidad Central del sistema.
b) Los Servicios y Secciones de Patrimonio de las Delegaciones de Hacienda,
c) Las Unidades especiales que, dentro de los Departamentos ministeriales, tengan encomendada la gestión de competencias demaniales respecto a los bienes inmuebles que se hallen bajo su administración y custodia, a las que se refiere el artículo 5.º de la Ley del Patrimonio del Estado.
d) La Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Subdirección General de Gestión Contable en su calidad de Central Contable.
e) Las Oficinas de Contabilidad de las Intervenciones Delegadas en los Departamentos ministeriales.